Sunass obliga a empresas de agua a informar cortes con 48 horas de anticipación

El organismo regulador Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) estableció que las empresas prestadoras de servicios de agua potable deben informar con al menos 48 horas de anticipación sobre cortes programados en el suministro.

Sunass: compañías de agua están obligadas a notificar causas y detalles de cortes

Sunass: compañías de agua están obligadas a notificar causas y detalles de cortes

Esto busca garantizar que los usuarios conozcan sus derechos y las obligaciones que deben asumir las empresas ante cualquier interrupción del servicio, explica Sunass en un comunicado.

Los cortes programados representan interrupciones previstas con antelación, necesarias para labores de mantenimiento, limpieza o mejora de la infraestructura. En estos casos, las empresas están obligadas a comunicar con un mínimo de 48 horas de antelación el motivo del corte, las zonas impactadas, la fecha y hora de inicio, así como el horario estimado para la restitución del servicio.

Establecimientos de salud y servicios esenciales reciben abastecimiento alternativo a partir de las seis horas de corte, conforme a la regulación de Sunass. Esta información debe difundirse a través de los canales de comunicación de la empresa, como la página web, redes sociales u otros medios disponibles.

Si la suspensión programada supere las 6 horas diarias, la normativa exige que la comunicación sea reforzada, con el objetivo de que los usuarios puedan tomar previsiones suficientes y reducir el impacto de la falta de agua potable.