La plata reduce indemnización por dedo amputado en colectivo: ¿justicia o aplazamiento?
La Cámara Civil y Comercial de La Plata rebajó la indemnización a un pasajero que perdió un dedo en un colectivo en 2015. La decisión, que reduce el monto por daño moral, pone de relieve los límites de la reparación en casos de lesiones físicas, incluso cuando la incapacidad es parcial.
Cámara de apelación ajusta la cifra por daño moral tras amputación
El caso, originado por un incidente en junio de 2015, involucra a un joven psicólogo que sufrió la amputación de la falange distal de su dedo anular izquierdo al manipular el asiento de un colectivo. Tras la cirugía reconstructiva, se determinó una incapacidad parcial y permanente del 1%.
La primera instancia había condenado a la empresa de transporte y a la aseguradora a pagar 1.500.000 pesos por lesiones físicas y 2.000.000 de pesos por daño moral. Sin embargo, la apelación de la empresa y la aseguradora cuestionó la elevada suma por daño moral, argumentando que la lesión no afectó significativamente la vida del afectado.
La Cámara Primera de Apelación, en su fallo, confirmó la condena por lesiones físicas, considerando el tiempo de rehabilitación y las molestias para un profesional joven. Pero modificó el monto por daño moral, reduciéndolo a 1 millón de pesos.
El tribunal analizó la integridad física del joven, su profesión y las dificultades transitorias que enfrentó en su residencia profesional y actividades laborales. Si bien reconocieron la pericia que certificó la amputación y la cicatriz, consideraron que el monto original era desproporcionado.
La sentencia de la Cámara establece un precedente en la cuantificación del daño moral en casos de incapacidad física reducida. Se reafirma que la compensación debe reflejar las secuelas comprobadas y no basarse en fórmulas rígidas.
La resolución final confirma la condena a la empresa de transporte y a la aseguradora a pagar por los daños sufridos, aunque en una cifra menor por el daño moral. Un ajuste que, para muchos, deja una sensación agridulce.
El fallo destaca la importancia de la valoración judicial de las pruebas periciales y testimoniales en casos de accidentes de transporte. La reparación integral de la persona, que abarca tanto lo físico como lo moral, se centra en las molestias concretas sufridas por la víctima.
Los documentos médicos, testimonios sobre la interrupción de la residencia profesional y la rápida reincorporación laboral fueron elementos clave en la decisión final. La indemnización, aunque reducida, representa un reconocimiento judicial de la vulnerabilidad de los pasajeros en el transporte público.
La decisión de la Cámara es un recordatorio: un dedo perdido puede tener consecuencias que van más allá de la simple pérdida física.
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