Colombia impone cuotas de empleo para personas con discapacidad

La Ley 2466 obliga a las empresas privadas a reservar al menos dos puestos de trabajo para personas con discapacidad por cada cien empleados.

Una brecha laboral que se quiere cerrar

Una brecha laboral que se quiere cerrar

De cada cien personas con discapacidad en Colombia, apenas veinte tienen un empleo formal. Es una cifra alarmante que el Estado decidió enfrentar con una norma de obligatorio cumplimiento: la Ley 2466 de 2025, conocida como la reforma laboral por el trabajo decente y digno.

Entre sus disposiciones, la ley establece una cuota mínima de contratación para esta población en el sector privado. Las empresas deben tener en su nómina al menos dos trabajadores con discapacidad por cada cien empleados.

La fiscalización de esta cuota arranca en julio de 2026. Antes, las empresas podrán adaptarse a la nueva norma, ya que la ley entra en vigor en 2025 pero la supervisión concreta comenzará en 2026.

Además de la cuota, la ley impone a las empresas adaptaciones razonables en los lugares de trabajo para que los empleados con discapacidad puedan desempeñarse de manera efectiva. También establece estímulos para las organizaciones que contraten a esta población, como deducciones en la declaración de renta y reducciones en la cuota obligatoria de aprendices del Sena.

La implementación de esta ley busca garantizar igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo, como lo establece la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Constitución política de Colombia. La reforma laboral es una oportunidad para revertir la brecha existente y garantizar el derecho a un trabajo digno y con condiciones laborales adecuadas para todas las personas, incluyendo a las con discapacidad.